Para el caso de Santiago de Cali, durante este tiempo de cuarentena y Ley Seca para este fin de semana los supermercados y demás almacenes donde se comercialicen productos de la canasta familiar, estarán en normal funcionamiento, esto implica en que no es necesario entrar en pánico y salir masivamente a comprar, además, porque el Decreto Municipal dice que solo se podrá sacar el carro o vehículo particular para un caso de emergencia, de resto, para abastecerse, en los vehículos de servicio público. Una sola persona por núcleo familiar podrá realizar estas actividades, por esta razón es conveniente identificar a la persona con menor nivel de riesgo para que haga esta labor.
Los bienes y servicios gastronómicos de la ciudad de Cali continuarán su oferta mediante las plataformas de entrega de domicilios a través de internet o telefónicamente; el transporte masivo, MIO, de la ciudad va a continuar su normal circulación, con la disminución de frecuencias en sus rutas propias de la demanda del servicio.
El servicio de taxis solo estará habilitado para pedidos por plataformas telefónicas y de internet. Una persona por familia podrá sacar a su mascota en un lapso de tiempo no superior a los 25 minutos en un lugar cercano a casa. Recuerden que quienes infrinjan estos lineamientos, serán sujetos de las medidas correctivas por parte de la Policía Nacional.
Para los demás municipios del departamento, según el Decreto 0691 del 18 de marzo de 2020 y su fusión con el aislamiento preventivo del Gobierno Nacional, el toque de queda inició el pasado viernes 20 de marzo desde las 10:00 p.m. e irá hasta las 11:59p.m. del martes 24 de marzo, posteriormente empata con el aislamiento preventivo obligatorio que dictó la Presidencia de la República para todo el país.
Supermercados, estaciones de servicio de combustible y demás negocios que suministren bienes y servicios necesarios, están exceptuados a cumplir estas medidas. Farmacias y Droguerías prestarán su servicio a través de domicilios y plataformas digitales. El servicio de transporte también se habilita para las acciones de abastecerse.
Los vehículos particulares solo podrán circular para ir a terminales terrestres o aeropuertos, cuando finalicen su trayecto, deberán estar en su lugar de domicilio; en cuanto, a los vehículos particulares solo podrán circular en casos de emergencia.
Queda prohibido el consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio hasta las 6:00 a.m. del próximo martes 24 de marzo, no queda prohibido el expendio.
Estas medidas necesarias para contener el COVID-19 y es un verdadero compromiso de salubridad y prevención que debemos asumir entre todos para rápidamente frenar el contagio y proteger nuestras familias.
El Coronavirus es una realidad y vamos a hacerle frente para mitigar la crisis.